Banca y Sector Financiero

Este sector aglutina a las entidades que tradicionalmente están más sensibilizadas con materias de cumplimineto y prevención tanto nacional como internacionalmente. Si bien la legislación aplicable española data de 1993 así como desarrollos normativos posteriores, la inminente transposición de la Tercera Directiva en materia de prevención de blanqueo y de financiación del terrorismo; así como los desarrollos de la MiFID fundamentalmente propiciarán el hecho de tener que reforzar sus medidas y procedimientos así como sus desarrollos tecnológicos asociados conforme a los riesgos asociados a mitigar.

Los aspectos que principalmente deben desarrollar las entidades incluidas en este sector son los relativos a Identificación y Conocimiento de Clientes (KYC), Examen especial y reporte de Operaciones Sospechosas, cumplimentación de información requerida por entes supervisores, protocolos de Confidencialidad, conservación de información y salvaguarda, Medidas de control interno y Formación. Como rasgo diferenciador de otros sujetos obligados, se enfatiza el hecho de tener que automatizar los procesos tanto para el tratamiento de las citadas Operaciones Sospechosas, identificación de cambios de comportamiento de los Clientes/empleados así como para el Reporte Sistemático (aspecto este último exclusivo de este sector de actividad financiera).

Mención especial merecen las Entidades Remesadoras pues en materia de prevención precisan tratamientos concretos por las peculiaridades inhrenetes a su negocio. Especial atención merece el tratamiento a dar a Agentes y mediadores.

Asimismo se requiere realizar Examen de Experto Externo de sus procesos de Prevención, tanto desarrollado internamente, como por compañía externa (anual).